Bonificaciones en concursos públicos: cuánto puntaje dan por FF.AA., discapacidad o deportista calificado

En los concursos públicos de méritos del Estado peruano —bajo los regímenes CAS (D.L. N° 1057), D.L. N° 728, D.L. N° 276 o la Ley N° 30057 (Ley del Servicio Civil)—, la diferencia entre ganar una plaza estable y quedar como accesitario suele definirse por décimas de punto en el cuadro de méritos final. Pese a ello, numerosos postulantes que cumplen los requisitos legales para recibir bonificaciones adicionales de entre el 4% y el 25% pierden ese beneficio por no saber en qué etapa se solicita, qué documento oficial lo acredita o sobre qué puntaje se calcula.

En este análisis especializado de Postulando Ya, desglosamos con rigor jurídico las cuatro bonificaciones vigentes en la administración pública peruana según los informes técnicos vinculantes de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR): discapacidad (Ley N° 29973), Licenciado de las Fuerzas Armadas (Ley N° 29248), Deportista Calificado de Alto Nivel (Ley N° 27674) y joven técnico o profesional (Ley N° 31533 y su Reglamento D.S. N° 078-2025-PCM).

1. Las 4 bonificaciones legales vigentes en convocatorias del Estado peruano

A. Bonificación por Discapacidad (+15% sobre el Puntaje Total) – Ley N° 29973

El artículo 48 de la Ley N° 29973 (Ley General de la Persona con Discapacidad) y el artículo 51 de su Reglamento establecen que la persona con discapacidad que cumpla los requisitos del perfil y alcance un puntaje aprobatorio obtiene una bonificación del 15% sobre el puntaje final obtenido en la etapa de evaluación, que incluye la entrevista personal. Para recibirla es obligatorio:

  • Marcar expresamente la solicitud de bonificación en la Ficha de Postulación o Declaración Jurada.
  • Adjuntar copia simple del Certificado de Discapacidad emitido por establecimientos del MINSA, EsSalud, FF.AA., PNP o clínicas autorizadas, o la Resolución / Carné de inscripción en el Registro Nacional del CONADIS.

B. Bonificación por ser Licenciado de las Fuerzas Armadas (+10%) – Ley N° 29248

Conforme al artículo 61 de la Ley N° 29248 (Ley del Servicio Militar) y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 330-2017-SERVIR-PE, el personal licenciado de las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea) que culminó el Servicio Militar Acuartelado recibe una bonificación del 10% en los concursos para puestos de trabajo en la administración pública:

  • Se aplica sobre el puntaje obtenido en la Etapa de Entrevista Personal (habiendo alcanzado previamente el puntaje mínimo aprobatorio).
  • Se acredita adjuntando en el expediente curricular la copia simple del documento oficial (Carné o Constancia de Licenciado) emitido por la autoridad militar competente.

C. Bonificación para Deportistas Calificados de Alto Nivel (Del 4% al 20%) – Ley N° 27674

La Ley N° 27674 y su Reglamento (D.S. N° 089-2003-PCM) otorgan un porcentaje adicional aplicable sobre el puntaje de la Evaluación Curricular según la escala de cinco niveles certificada por el Instituto Peruano del Deporte (IPD):

  1. Nivel 1 (+20%): Participación en Juegos Olímpicos o Campeonatos Mundiales ubicándose en los 5 primeros puestos.
  2. Nivel 2 (+16%): Juegos Panamericanos o Campeonatos Federados Panamericanos en los 3 primeros lugares.
  3. Nivel 3 (+12%): Juegos Sudamericanos o Campeonatos Federados Sudamericanos en los 3 primeros puestos.
  4. Nivel 4 (+8%): Medallas en Juegos Bolivarianos o Campeonatos Sudamericanos juveniles/mayores.
  5. Nivel 5 (+4%): Récords nacionales o campeonatos nacionales oficiales reconocidos por el IPD.

D. Bonificación para Jóvenes Técnicos y Profesionales – Ley N° 31533

La Ley N° 31533 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 078-2025-PCM, precisado en el Informe Técnico N° 002699-2025-SERVIR-GPGSC) promueven el empleo público de jóvenes de hasta 29 años de edad al momento de postular, otorgando:

  • En la Evaluación Técnica o de Conocimientos: Incremento del 10% sobre el puntaje obtenido en dicha prueba para postulantes de hasta 29 años.
  • En la Entrevista Personal (por prácticas previas en el Estado): Bonificación de 1% por cada mes de prácticas preprofesionales y/o profesionales realizadas en una entidad pública bajo el D.L. N° 1401, hasta un tope máximo de 3 puntos porcentuales (3%).

2. Caso práctico en Soles y cálculo de puntajes en Cuadro de Méritos

Tres candidatos postulan a una plaza de Especialista Administrativo CAS con remuneración mensual de S/ 5,500.00 (S/ 66,600.00 anuales incluyendo aguinaldos). El concurso evalúa sobre 100 puntos (50 en Evaluación Curricular y 50 en Entrevista Personal). Observa cómo definen las bonificaciones al ganador:

Postulante y Condición Legal Puntaje Curricular + Entrevista Cálculo de Bonificaciones Puntaje Final (Plaza de S/ 5,500/mes)
Postulante A (Sin bonificación especial) Curricular: 45 pts | Entrevista: 44 pts
Subtotal: 89.00 pts
0.00 pts (No acredita leyes especiales) 89.00 puntos (2° Accesitario)
Postulante B (Licenciado FF.AA. – Ley N° 29248) Curricular: 43 pts | Entrevista: 42 pts
Subtotal: 85.00 pts
+10% sobre Entrevista (42 × 0.10) = +4.20 pts 89.20 puntos (1° Accesitario)
Postulante C (Persona con Discapacidad – Ley N° 29973) Curricular: 40 pts | Entrevista: 40 pts
Subtotal: 80.00 pts
+15% sobre Puntaje Total (80 × 0.15) = +12.00 pts 92.00 puntos (GANADOR de plaza de S/ 5,500)
💡 Consejo de Postulando Ya: Ninguna bonificación se aplica si desapruebas una etapa eliminatoria. Según el Tribunal del Servicio Civil, para sumar el 10% de FF.AA. o el 15% de Discapacidad primero debes alcanzar el puntaje mínimo aprobatorio en la entrevista personal. Además, adjunta siempre tu documento acreditativo (carné CONADIS o constancia militar) en el expediente curricular inicial; enviarlo después de la entrevista será rechazado por extemporáneo.

Preguntas Frecuentes

¿Son acumulables las bonificaciones por Discapacidad (+15%) y por Licenciado de las FF.AA. (+10%)?

Sí. Conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 330-2017-SERVIR-PE, si un candidato acredita ambas condiciones, recibe el 10% sobre el puntaje de la entrevista personal y el 15% sobre el puntaje total alcanzado, acumulando hasta un 25% de beneficio.

¿La bonificación para jóvenes hasta 29 años (Ley N° 31533) aplica para concursos de prácticas D.L. 1401?

No. Mediante el Informe Técnico N° 001558-2025-SERVIR-GPGSC, SERVIR precisó que la Ley N° 31533 aplica únicamente para concursos públicos de acceso a puestos laborales (CAS, 728, 276 o Ley N° 30057) y no para modalidades formativas de prácticas.

¿Cómo acredito la bonificación por Discapacidad si mi carné de CONADIS está en renovación?

De acuerdo con la Ley N° 29973, puedes acreditarla adjuntando copia simple de tu Certificado de Discapacidad otorgado por un establecimiento de salud autorizado (MINSA, EsSalud, FF.AA. o PNP) junto con la Resolución Ejecutiva de inscripción en el CONADIS.


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✍️ Redactado por el Equipo Editorial de Postulando Ya

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